Este martes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Anuncio de la Resolución Definitiva de otorgamiento de ayudas en 2021 a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.
Tras este anuncio definitivo, se solicitará a cada beneficiario la presentación de una serie de documentos (baja de autorización de transporte, del permiso de conducir, etc.) y una vez que se hayan validado, se iniciará el trámite de pago. Cabe destacar que el plazo para presentar la documentación requerida para el abono de la subvención finaliza el 2 de noviembre de 2021.
En total, 306 transportistas recibirán la ayuda este año, con una cuantía de 30.000 euros. Por otra parte, también se han incluido las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito (Anexo 2) y por incumplimiento de requisitos (Anexo 3).
¿Qué documentación hay que aportar?
Una vez que se ha concedido la subvención, es necesario que se aporten los siguientes documentos para que se pueda tramitar el pago.
- Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte público y auxiliar y complementaria del transporte en calidad de empresario.
- En su caso, declaración responsable comprometiéndose a no utilizar el título o títulos de capacitación profesional en otra empresa de transporte.
- Certificado de baja de la autorización o autorizaciones expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente, en el que se especifique como motivo de la baja la renuncia al ejercicio futuro de la actividad.
- En caso de ser titular del correspondiente permiso de conducción, justificante de la renuncia definitiva al permiso de conducción válido para vehículos de transporte de mercancías de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada y/o autobuses o fotocopia compulsada del nuevo permiso de conducción.
Además, para aquellos que tengan algunas dudas, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha publicado una guía con preguntas frecuentes con la intención de facilitar este procedimiento.