Portugal ha decretado el estado de calamidad desde este miércoles 1 de diciembre hasta el 20 de marzo y, en consecuencia, se han establecido nuevas restricciones para hacer frente al Covid-19.
En el caso de los trabajadores transfronterizos que ejerzan su actividad profesional regular hasta 30 km de la frontera y de servicios esenciales (incluidos áreas de transporte), únicamente deben presentar el certificado Covid digital de la UE.
Por tanto, tal y como ha confirmado ANTRAM, la asociación nacional de transporte en Portugal, a la CETM, solo necesitarán una prueba de Covid-19 negativa aquellas personas que no cuenten con el certificado de vacunación o recuperación de la enfermedad. El documento se podrá requerir en los controles aleatorios que las autoridades tienen previsto realizar hasta el próximo 9 de enero.
Sin embargo, la prueba sí se que se podrá exigir a los ciudadanos que viajen al país y provengan de una comunidad autónoma clasificada de riesgo elevado (en color rojo o rojo oscuro en la clasificación de la UE: https://reopen.europa.eu/es/), en cuyo caso no solo sería necesario el certificado en la modalidad de vacunación, sino que además deberían presentar una prueba negativa, pero debemos recalcar que esta medida no afecta a los trabajadores transfronterizos.
Por otra parte, los profesionales del transporte deben tener en cuenta que el certificado de vacunación digital será obligatorio para acceder a restaurantes y hoteles.