Este jueves se ha publicado en el BOE la Orden SND/493/2020 de 3 de junio, por la que se modifica la Orden TMA/279/2020, de 24 de marzo. Mediante esta publicación se establecen medidas en materia de transporte de animales y se deroga el artículo 2 en el que se exceptuaba del cumplimiento de los tiempos de descanso de la normativa sobre protección de los animales durante su transporte, establecidos en el capítulo V del anexo I del Reglamento (CE) nº 1/2005.

 

Por tanto, a partir de este viernes 5 de junio, aquellos que se dediquen al transporte de animales, también deberán cumplir con la normativa de los tiempos de descanso animal en su totalidad.

 

Recordamos que, en cuanto los tiempos de conducción y descanso del conductor,  la normativa está en vigor en su totalidad desde este lunes 1 de junio.