La Junta de Castilla y León ha publicado hoy el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.

 

En el apartado VI de dicho acuerdo se establecen medidas en relación con la ocupación y el uso de vehículos en el transporte terrestre, donde se recoge que las empresas cargadoras, logísticas y de transporte de mercancías han de cumplir con las pautas de protección “evitando contactos con el personal de conducción en el momento del intercambio de documentación en los sitios de carga y descarga”.

 

Pero, además, señala que el personal de conducción, “siempre que sea posible, no intervendrá en la carga y descarga, siendo ésta responsabilidad del centro donde se efectúe tal actividad, debiendo mantenerse dentro de la cabina o en las zonas específicamente habilitadas al efecto”.

 

La CETM y la Federación de Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera de Castilla y León (FETRACAL) avalan esta medida puesto que, aunque se ha tomado ante una situación excepcional como es la pandemia del coronavirus, supone un avance hacia la consecución de una de las reclamaciones históricas del sector, como es la prohibición de la carga y la descarga por parte de los conductores.

 

La participación de los conductores en las labores de carga y descarga no solo contraviene la normativa de prevención de los riesgos laborales, sino que pone en riesgo su salud, aumentando las probabilidades de contagio, y son los principales motivos por los que desde la CETM llevamos años reclamado al Gobierno central su regulación.

 

La patronal del transporte espera que el contexto actual propicie un cambio en el funcionamiento de la cadena de suministro, donde cada parte debe asumir su responsabilidad, y la de los conductores profesionales no es otra que la de conducir.

 

Por otra parte, en relación a las excepciones que se han establecido para la apertura de servicios de restauración, desde la CETM valoran que la Junta de Castilla y León permita su apertura en los establecimientos de suministro de combustible, tal y como se indica en el Acuerdo.

 

Sin embargo, consideramos que, al no establecer la apertura de unos servicios mínimos, como sí ha ocurrido en el caso Asturias, serán muchos los establecimientos que finalmente decidan no abrir sus puertas, lo que dificultará enormemente la probabilidad de que los profesionales del transporte de mercancías encuentren lugares donde comer, descansar o acudir al aseo, para que puedan desarrollar su actividad sin obstáculos y de una manera digna.

Confederación Española de Transporte de Mercancías
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