Tal y como se establece en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 165/2014, los vehículos que realicen transporte internacional tienen que estar equipados con el tacógrafo inteligente de segunda generación a partir del 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, las dificultades que se han generado en algunos países para llevar a cabo este cambio, han llevado a la Comisión Europea a recomendar a los estados miembros de la UE a aplicar un periodo de gracia de dos meses, desde el 1 de enero de 2025 hasta el 28 de febrero de 2025. 

Así se decidió durante la reunión del Comité de Transporte Terrestre de la Comisión Europea el pasado 18 de diciembre y de esta manera, aquellas empresas de transporte que aún no hayan actualizado sus vehículos no se enfrentarán a sanciones durante ese periodo, pero se informará a los conductores de la obligación de equipar los vehículos con el tacógrafo digital de segunda generación. El objetivo es minimizar las perturbaciones en el transporte transfronterizo y las cadenas de suministro de la UE.

La aplicación de las sanciones por incumplimiento del artículo 3, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 165/2014 comenzará el 1 de marzo de 2025.

La IRU, organización de la que forma parte la CETM, ha celebrado la noticia ya que favorece el cumplimiento de la normativa y garantiza el flujo ininterrumpido de los servicios de transporte.

Confederación Española de Transporte de Mercancías
Resumen de privacidad

Las cookies son ficheros que se descargan en su Ordenador, Smartphone o Tablet al acceder a determinadas páginas web. La utilización de cookies, ofrece numerosas ventajas en la prestación de servicios de la Sociedad de la Información, puesto que, entre otras: (a) facilita la navegación del usuario en el Sitio Web; (b) facilita al usuario el acceso a los diferentes servicios que ofrece el Sitio Web; (c) evita al usuario volver a configurar características generales predefinidas cada vez que accede al Sitio Web; (d) favorece la mejora del funcionamiento y de los servicios prestados a través del Sitio Web, tras el correspondiente análisis de la información obtenida a través de las cookies instaladas; (e) permiten a un Sitio Web, entre otras cosas, almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información que contengan y de la forma en que utilice su equipo, pueden utilizarse para reconocer al usuario.

La mayoría de los navegadores aceptan como estándar a las cookies y, con independencia de las mismas, permiten o impiden en los ajustes de seguridad  las cookies temporales o memorizadas.

Ten en cuenta que para poder utilizar y contar con una mejor experiencia de navegación,  es necesario que tengas habilitadas las cookies, especialmente aquellas de carácter técnico que resultan necesarias para que pueda identificarte como usuario registrado cada vez que accedas a la presente web.

En caso de no querer recibir cookies, por favor, configure su navegador de internet, para que las borre del disco duro de su ordenador, las bloquee o le avise en su caso de instalación de las mismas.