Este viernes la Agencia Tributaria ha emitido una nota informativa para aclarar la situación del régimen de módulos en el IRPF, tras la incertidumbre generada la derogación del Real Decreto-ley 9/2024 en el que se ampliaban los límites de facturación.

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) solicitó al Gobierno una aclaración urgente ante la situación de inseguridad jurídica en la que se encontraban miles de transportistas autónomos, al no saber si podrían continuar en el régimen de estimación objetiva durante este ejercicio.

Finalmente, la Dirección General de Tributos ha confirmado que en 2025 se mantienen los límites para la aplicación del método de estimación objetiva vigentes en los ejercicios 2016 a 2024. 

Seguridad jurídica 

Tal y como recoge la nota informativa, al haberse producido la causa de exclusión de “forma sobrevenida” y habiendo estado vigente la ampliación de los límites entre el 1 y el 22 de enero de 2025, se entiende que los contribuyentes habían iniciado el ejercicio con la certeza de poder determinar su rendimiento con arreglo al método de estimación objetiva. Por tanto, la exclusión no tendrá efectos en 2025, sino que se aplicará a partir de 2026.

Esto se base en lo establecido en el artículo 34.1 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, que señala que “la exclusión producirá efectos desde el inicio del año inmediato posterior a aquel en que se produzca dicha circunstancia”, reforzando así el principio de seguridad jurídica.

Desde la CETM valoramos positivamente esta aclaración que aporta tranquilidad a los transportistas autónomos.

 

Confederación Española de Transporte de Mercancías
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