La Dirección General de Transporte Terrestre (DGT) ha emitido hoy una nueva Resolución por la que se elimina en todo el país, y de manera temporal, el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso en el transporte de mercancías, con la intención de garantizar el suministro de hospitales, farmacias, gasolineras y supermercados ante el estado de alarma que decretó el Gobierno de Pedro Sánchez el pasado sábado.

 

Sin embargo, y ante la confusión generada cuando la DGT eliminó el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso en las zonas de riesgo, es necesario hacer hincapié en que esta nueva Resolución solo exime a los conductores de cumplir con las normas establecidas en el artículo 6.1 y 8.6 del Reglamento 561/2006.

 

Por tanto, la Resolución no libera a los conductores de cumplir con los tiempos de conducción semanal (56 horas) y bisemanal (90 horas), así como con el descanso diario. Asimismo, se tienen que realizar pausas de 45 minutos cada 4 horas y 30 minutos de conducción.

 

Además, la realización de los descansos en cabina debe seguir realizándose como hasta ahora. Esta Resolución entra en vigor el 14 de marzo y se extenderá hasta el próximo 28 de marzo.

 

Desde la CETM consideramos que esta medida pone de manifiesto, una vez más, que el transporte de mercancías por carretera es vital para garantizar el bienestar y la seguridad de los ciudadanos y, en este momento tan determinante, es ineludible que las Administraciones apoyen al sector.

 

Asimismo, insistimos en recordar que la publicación de esta Resolución no exime a los transportistas del cumplimiento del resto de los artículos del Reglamento 561/2006 y en que la seguridad en las carreteras siempre debe ser primordial.

 

Si bien, la decisión que ha tomado la DGT se ha recibido con buenos ojos por parte del sector, puesto que otorgará cierta libertad a los conductores para que puedan cumplir con sus jornadas laborales, creemos que las excepciones contempladas pueden quedarse cortas ante la demanda actual de transporte y que hubiera sido más adecuado eximir a los conductores de cumplir con todas las normas establecidas en los artículos 6 a 9.  Igualmente, consideramos primordial que esta exención se aplique por igual a todos los países de la UE mientras dure la crisis del coronavirus.

Confederación Española de Transporte de Mercancías
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