Según conocimos ayer, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado las restricciones al tráfico rodado del que fue el proyecto estrella del Ayuntamiento de la capital durante el mandato de Manuela Carmena por “defectos formales” en su tramitación al no cumplir el trámite de información pública ni la memoria económica. Madrid Central seguirá en vigor mientras la sentencia no sea firme, disponiendo los afectados de veinte días hábiles para presentar sus recursos.
Con la entrada en vigor el pasado 1 de enero de Madrid Central se prohibió el acceso al Distrito Centro a los vehículos de la Distribución Urbana de Mercancías (DUM) de menos de 3.500 kilos, sin etiqueta ambiental, lo que afectaba a cerca de 10.000 vehículos, en su mayoría furgonetas que distribuyen las mercancías y alimentos para el canal Horeca (hostelería, restauración y cafeterías) y camiones de mudanzas.
La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) siempre ha defendido la necesidad de establecer, ante la escasa oferta de vehículos que existe en el mercado de energías alternativas, unos plazos de tiempo viables para la renovación de la actual flota de camiones, y un plan de ayudas económicas que permita a las empresas de transporte acometer la importante inversión que supone la puesta en marcha de esta medida.
En cualquier caso, a la espera de poder hacer un análisis más detallado una vez conozcamos el texto íntegro de la sentencia, confiamos en que el nuevo Ayuntamiento de Madrid abogue por que esta medida se ponga en marcha con la flexibilidad suficiente para no perjudicar ni al transporte ni a los ciudadanos y comerciantes de Madrid.