La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible había establecido que el DAT (Documento de Acompañamiento al Transporte) fuera obligatorio a partir de este martes 15 de octubre pero, finalmente, tras las peticiones de numerosas organizaciones del sector agrícola, ha decidido otorgar un periodo transitorio de seis meses con el objetivo de “poder asegurar su pleno conocimiento por parte de todos los implicados”.
De esta manera, en caso de que las autoridades soliciten el DAT y no se haya cumplimentado, el transportista y el titular de la explotación recibirán una denuncia de carácter informativo, es decir, sin que ésta implique la apertura de un expediente sancionador. Se informará de la tipología y el importe de la sanción que se aplicaría en caso de que los hechos tuvieran lugar una vez finalizado este periodo de prueba que finalizará en abril de 2020.
¿Qué es el DAT?
Se trata de una medida que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha puesto en marcha para aumentar el control de los productos desde su origen hasta su destino y garantizar su seguridad. Según los datos que ha facilitado la Consejería, se estima que, anualmente, se generarán en torno a seis y nueve millones de documentos de acompañamiento al transporte.
El Documento de Acompañamiento al Transporte será necesario para poder realizar el transporte de productos destinados a la alimentación. Cabe destacar que quedan excluidos los productos de producción primaria de ganadería, caza, pesca y acuicultura.
El encargado de generar dicho documento es el titular de la explotación o, en su defecto, la persona autorizada por éste. La labor del transportista será la de llevar consigo el DAT y proporcionarlo al destinatario una vez haya realizado la entrega. El documento se puede hacer en papel o través de una aplicación web. En caso de que se haya realizado de manera telemática, el titular de la explotación debe entregárselo vía email al transportista, que lo llevará en su teléfono móvil.
Es imprescindible que a partir de la nueva fecha establecida los transportistas cuenten con este documento, puesto que las autoridades lo pueden solicitar en cualquier momento y, en caso de no tenerlo emitido, la responsabilidad recaería tanto en en el titular de la explotación como en el encargado del transporte.
La Junta de Andalucía ha establecido un periodo transitorio de seis meses para poder asesorar al sector y asegurar que el documento se implanta con todas las garantías. Esta etapa servirá para que todos los actores implicados en el proceso comiencen a utilizar el DAT y puedan resolver las posibles dudas que surjan a raíz de su aplicación.
La Consejería de Agricultura ha puesto a disposición de los usuarios dos manuales para facilitar su gestión y resolver posibles dudas: