Los conductores que hagan transporte internacional con origen o destino Francia (grupo 7, coeficiente 150 M: conductor altamente cualificado de vehículo pesado) tienen que adaptarse a la normativa del país galo. También deben cumplir con estas directrices aquellas empresas que realicen operaciones de cabotaje en Francia. Sin embargo, están exentas las que realicen transporte internacional en tránsito y los trabajadores por cuenta propia.
La Ley Macron obliga a las empresas a proporcionar el salario mínimo francés a sus trabajadores, siempre y cuando sea inferior. Si no cumplen esta normativa serán sancionadas.
La patronal y los sindicatos franceses han acordado una actualización de la cuantía que debe estar reflejada en los certificados emitidos desde el 1 de junio. El importe se ha establecido en 10.39 € la hora. Los anteriores a esta fecha no se deben modificar puesto que tienen una validez de seis meses.
Por otra parte, la Ley Macron obliga a los transportistas a llevar consigo el certificado de desplazamiento y el contrato de trabajo puesto que en cualquier momento las autoridades francesas pueden solicitárselo. Para realizar el primer trámite es necesario acceder a la web del SIPSI que ya está actualizada.
Asimismo, deben contar con un representante legal. Con la intención de facilitar este trámite a las empresas del transporte de mercancías, la CETM tiene un acuerdo con el abogado hispano francés Salvador Díaz, que está habilitado para proporcionar este servicio.