La oficina de la CETM en Bruselas ha informado de la aprobación en el pleno del Parlamento Europeo el pasado 11 de febrero de la extensión de los documentos que cubren el transporte de mercancías por carretera. De acuerdo con las medidas que pretenden ayudar al sector ante la crisis sanitaria del Covid-19, se prolongará la validez de ciertos certificados y licencias, posponiendo así sus revisiones periódicas, con la intención de garantizar la continuidad de la movilidad por carretera.
De esta manera, la validez de determinados permisos de conducción o licencias exigidas a los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o viajeros por carretera, tales como los Certificados de Aptitud Profesional (CAP), será prorrogada durante un período de diez meses a partir de su fecha de caducidad, a fin de garantizar la continuidad del transporte por carretera.
Además, de acuerdo con lo establecido en la posición adoptada, los permisos y licencias cuya validez ya se haya prorrogado de conformidad con el Reglamento (UE) 2020/698 (Ómnibus I) también deben beneficiarse de una única prórroga adicional durante un período de tiempo razonable, habida cuenta de las limitaciones actuales y por motivos de seguridad vial.
Por tanto, la validez de los certificados, licencias y autorizaciones con fechas de vencimiento comprendidas entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de junio de 2021 podrán extenderse por 10 meses si el Estado miembro en el que se van a emitir las renovaciones enfrenta restricciones debido a COVID-19.
Los Gobiernos pueden optar por no aplicar la prórroga
La medida, aprobada por el Parlamento y el Consejo Europeo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la UE (DOUE).
Sin embargo, los países que consideren que no necesitan esta extensión, pueden optar por no aplicar la prórroga. Eso sí, deberán aceptar aquellos certificados, licencias y autorizaciones cuya vigencia se haya extendido en otros Estados miembros.