El Departamento de Interior de la Generalidad de Cataluña ha publicado la RESOLUCIÓN INT/1463/2020, de 18 de junio, por la que se deja sin efecto el levantamiento excepcional de las restricciones a la circulación de camiones que todavía estaban vigor, al entenderse que ha desaparecido la necesidad de garantizar de circulación de los transportes destinados a bienes y servicios esenciales que motivaron el levantamiento de estas restricciones.
En consecuencia, a partir de este jueves, volverán a estar en vigor las restricciones previstas en la Resolución INT/383/2020, de 13 de febrero, para los vehículos y vías siguientes:
- Las aplicables a los vehículos y conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías en general, a los vehículos que realizan transportes especiales y los vehículos especiales y los vehículos y conjuntos que transportan mercancías peligrosas, previstas en el calendario del Anexo B.
- Las aplicables a los vehículos y conjuntos de vehículos de transportes especiales y A los vehículos o conjuntos de vehículos especiales previstas previstas en el apartado 1.1.1.2.
- Las aplicables a los vehículos que realizan transporte de mercancías peligrosas previstas en el apartado 1.1.1.3, apartado a) Por razón del calendario.
- Las restricciones a la circulación aplicables a los vehículos o conjuntos de vehículos de todo tipo que superen los 7.500 kg de masa máxima autorizada (MMA) previstas en el apartado 1.1.2.2 Val d’Aran: N-230 y C-28.
- Las aplicables a los vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de 4 o más ejes y que también superen las 26 toneladas de MMA o MMC previstas en el apartado 1.1.2.3 correspondientes a la carretera N-II, tramo entre La Jonquera (pk 773,5) y Fornells de la Selva (pk 709).