El Gobierno ha aprobado la posibilidad de que los autónomos y las pymes puedan aplazar el pago de los impuestos sin tener que abonar intereses a Hacienda un mes más, que aumenta de los tres meses posibles hasta ahora, a cuatro.
Antes incluso de la declaración del estado de alarma, Hacienda permitió que los trabajadores por cuenta propia y las pequeñas y medianas empresas con volúmenes de facturación por debajo de los seis millones de euros pudieran aplazar el pago de deudas tributarias de hasta 30.000 euros durante seis meses, los tres primeros sin intereses. Con el Real Decreto publicado esta miércoles en el BOE, la exoneración del pago de intereses pasa de los tres a los cuatro meses. Las figuras tributarias cuyo pago se puede aplazar son el IRPF, Sociedades o el IVA.
También se permite que aquellas sociedades que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes de que termine el plazo de declaración de este Impuesto, puedan presentarla con las cuentas disponibles en ese momento.
Además se habilita un régimen especial para presentar otra declaración, sin recargos, cuando las cuentas anuales se hayan podido aprobar. El objetivo de esta medida es evitar tensiones de tesorería y así dotar de liquidez a pymes y autónomos afectados por la crisis económica derivada del CoVid-19.