Este jueves se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a Resolución de 30 de enero de 2024, de la Dirección General de Transporte por Carretera, por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías.

Tal y como informamos, esta Resolución de ha publicado a raíz de la petición de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), ante los cortes y retenciones que se están produciendo en Francia por las protestas de los agricultores.

El departamento de Normativa de la CETM ha resumido su contenido:

  •  Las excepciones se aplican a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías que hayan sido afectadas por lo cortes y retenciones en Francia y a ambos lados de la frontera con ese país.
  • Son de aplicación desde el 22 de enero al 4 de febrero, ambos días incluidos.
  • Se modifican los siguientes artículos del Reglamento 561/2006:
    • Artículo 6.1: la conducción diaria pasa de 9 a 11 horas.
    • Artículo 6.2: la conducción semanal pasa de 56 a 60 horas.
    • Artículo 6.3: la conducción bisemanal pasa de 90 a 102 horas.
    • Artículo 8.1: se reduce el descanso diario de 11 a 9 horas.
    • Artículo 8.6: habrá que elegir una de las dos:
      • Se permite tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que se compensen conjuntamente en el siguiente descanso semanal normal.
      • Se permite tomar el descanso semanal más allá de seis periodos de 24 horas.

La redacción de la Resolución puede dar lugar a error y entender que las exenciones solo puede utilizarse una vez pero es al contrario, las medidas pueden ser usadas las veces que se consideren necesarias en el tiempo establecido.

La Resolución completa puede descargarse AQUÍ

Confederación Española de Transporte de Mercancías
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