Este lunes 18 de septiembre se abre el plazo para solicitar la cuarta ayuda directa al transporte. Esta línea de ayudas está dirigida a los vehículos que no son beneficiarios del gasóleo profesional y que, por tanto, no tienen el descuento de 10 céntimos por litro consumido disponible hasta el 30 de septiembre y el de 5 céntimos que se prevé a partir del 1 de octubre.

Estas ayudas directas se aprobaron en el mes de junio, fruto de las negociaciones entre el Comité Nacional del Transporte por Carretera, del que forma parte la CETM, y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ante la incesante subida de los carburantes. La medida está incluida en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania.

¿Cómo solicitar las ayudas? 

Esta ayuda podrán solicitarla los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España que, a 30 de junio de 2023 se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte como titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE Y MDPE.

La solicitud se podrá presentar durante el periodo comprendido entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023 a través de la Sede electrónica de la Administración Tributaria en el siguiente enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DJ26.shtml Hay que tener en cuenta que los beneficiarios de esta ayuda cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco o Navarra, deberán solicitarla a Administración Foral que corresponda.

Tal y como ha ocurrido en las ocasiones anteriores, las empresas y autónomos que soliciten estas ayudas deberán cumplimentar un formulario en el que se incluyen diversas declaraciones responsables.

Declaraciones responsables

Todos los solicitantes deberán marcar la casilla de declaración de afectado por la guerra de Ucrania. Por otra parte, toda empresa y autónomo que haya recibido alguna de las ayudas directas que se concedieron en el 2022, así como si se está recibiendo la ayuda de 20 y 10 céntimos por litro para los vehículos beneficiarios del gasóleo profesional y si ha cobrado la ayuda directa que se pudo solicitar en el mes de abril, deberá marcar la casilla de la declaración responsable de ayudas recibidas. Dentro de la propia solicitud se pueden indicar las ayudas recibidas y su cuantía o también existe la posibilidad de adjuntar un documento en formato CSV.

Asimismo, las empresas y autónomos que se encuentren dentro de la definición de empresas asociadas o vinculadas, deberán marcar la casilla de la declaración responsable de empresas vinculadas o asociadas. Hay que recordar su definición:

  • Empresas asociadas.  Todas las empresas a las que no se puede calificar como empresas vinculadas y entre las cuales existe la relación siguiente: una empresa (empresa participante) posee, por sí sola o conjuntamente con una o más empresas vinculadas, el 25 % o más del capital o de los derechos de voto de otra empresa (empresa participada).
  • Empresas vinculadas. Las empresas entre las cuales existe alguna de las siguientes relaciones: una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra empresa; una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra empresa; una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en virtud de un contrato celebrado con ella o de una cláusula estatutaria de la segunda empresa; una empresa, accionista de otra o asociada a otra, controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de la segunda empresa, la mayoría de los derechos de voto de sus accionistas o socios.

No se puede olvidar que las empresas y autónomos que hayan alcanzado o superado el límite de ayudas del Marco Temporal Ucrania deberán de marcar la casilla de la declaración responsable sobre la superación del límite de ayudas. El límite se encuentra en 2.000.000 de euros.

Una vez completados estos pasos y haciendo clic en ‘Enviar’, se nos trasladará a una nueva pantalla en la que deberemos indicar de nuevo las declaraciones responsables que hemos marcado antes y adjuntar (en los espacios indicados) un documento que servirá como declaración responsable.

Cuantía de las ayudas 

La ayuda se abonará por transferencia bancaria en la cuenta indicada en la solicitud. Las cantidades que se van a recibir por vehículo son las siguientes:

Confederación Española de Transporte de Mercancías
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