El Indicador Público de Rentas de Efecto Múltiples (IPREM) se ha modificado tras la publicación de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Esto afecta a la indemnización por la paralización que viene marcada en el artículo 22 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías ya que, si no se ha pactado expresamente, la cuantía de esta deberá ser equivalente al IPREM por día multiplicado por 2, por cada hora o fracción de paralización.
La Disposición adicional nonagésima de la Ley de Presupuestos determina a cuánto asciende el IPREM para el 2023, quedando de la siguiente manera:
- El IPREM diario: 20 €
- El IPREM mensual: 600 €
- El IPREM anual: 7.200 €
Por tanto:
- Por una hora de paralización se deberá pagar: 40 €; por el primer día de paralización (teniendo en cuenta que el máximo computable es de 10 horas) se deberá pagar: 400 €.
- El segundo día de paralización la hora se deberá pagar: 50 € y el día completo: 500 € (teniendo en cuenta el máximo de 10 horas y el aumento de un 25% del valor de la hora).
- Si la paralización superase los dos días, se pagaría por hora: 60 € y el día completo: 600 € (teniendo en cuenta el máximo de 10 horas y el aumento de un 50% del valor de la hora).
Acuerdos del CNTC
Cabe destacar que el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), del que forma parte la CETM, logró alcanzar un acuerdo en diciembre de 2021 con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el que se incluyó la reducción de los tiempos de espera por los que se puede pedir una indemnización.
Esto dio lugar a la modificación del artículo 22 de la Ley 15/2009 del contrato de transporte de manera que, el tiempo mínimo de espera por el que se puede reclamar una indemnización, ha pasado de dos horas a una hora.
Esta y el resto de medidas alcanzadas, como la prohibición de la realización de las labores de carga y descarga por parte del conductor o la obligatoriedad de la cláusula de revisión del precio del transporte por la variación del precio del combustible, se incluyeron en el Real Decreto-ley 3/2022 de 1 de marzo.