Como continuación de los Acuerdos alcanzados entre el Gobierno y el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) en los meses de diciembre de 2021 y marzo de 2022, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) ha presentado a las Organizaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera el primer borrador de la futura normativa para la aplicación de los principios de la Ley de cadena alimentaria al transporte de mercancías por carretera, y cuyo texto final, tal y como recogen estos acuerdos, se pretende que esté elaborado antes del próximo 31 de julio.
El objetivo de esta reforma es prohibir que los transportistas puedan trabajar sin cubrir sus costes de explotación, de manera que se eviten situaciones de abuso sobre la parte más débil de la cadena de suministro que son las empresas de transporte, autónomos y pymes en su mayoría.
En consecuencia, de manera similar a como se ha establecido en la Ley de Cadena Alimentaria para los agricultores, tras la puesta en marcha de esta normativa, que modificará la actual Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre y la Ley 16/87 de 30 de julio de ordenación de los transportes terrestres, el precio que percibirá un transportista por sus servicios deberá ser siempre igual o superior a sus costes efectivos individuales. Para ello se propone, entre otros aspectos, fomentar la transparencia en la contratación y subcontratación de las operaciones de transporte.
El CNTC procederá a estudiar el contenido de la propuesta del MITMA a la mayor brevedad posible, aportando con rigor todas aquellas aportaciones que consideremos necesarias para garantizar el correcto funcionamiento del mercado y el fortalecimiento de nuestro tejido empresarial.
Finalmente, queremos hacer hincapié en la importancia de esta reforma, que da respuesta a una reivindicación histórica del sector del transporte, y que constituye, sin duda, uno de los mayores éxitos de los acuerdos que alcanzamos con el Gobierno el pasado 17 de diciembre y que incluían un paquete de 20 medidas estratégicas como la prohibición de la participación del conductor en las operaciones de carga y descarga o la cláusula obligatoria por la variación de gastos del combustible.