La Subdirección General de Inspección de Transporte Terrestre ha comunicado al Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), del que forma parte la CETM, cómo va a actuar para controlar las infracciones por morosidad.
Tras la aprobación de la Ley de morosidad en el transporte por carretera el pasado mes de septiembre, se han reducido los plazos de pago a un máximo de 60 días, sancionando con multas de entre 401 y 1.000 euros en el caso de las infracciones graves, y multas que ascienden hasta los 6.000 euros para las deudas más elevadas que adquieren la categoría de infracciones muy graves.
Por ello, la Inspección de Transporte, en su Plan Nacional de para el 2022, ha incluido en todos los requerimientos de inspecciones a las empresas que se aporte el “Justificante del cobro/pago” de cada una de las facturas relacionadas con los servicios de transporte realizados o contratados.
La #morosidad es uno de los problemas a los que tienen que hacer frente las empresas y autónomos del sector.
Siendo conscientes de esa situación, el #CNTC logró mediante un acuerdo 🤝 con el @mitmagob la aprobación de la Ley contra la morosidad en el #transporte por carretera. pic.twitter.com/D2eyG9yQHo
— CETM (@CetmTransporte) March 31, 2022